«Politicos Buitres»

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Estoy viendo por YouTube el documental de Félix Rodríguez de la Fuente sobre el Buitre Leonado y esto me hace pensar en «otra fauna» que tenemos en España.

Resulta que además del quebrantahuesos y el alimoche, aqui tambien tenemos el espécimen del «político buitre » . Se trata de una especie muy abundante en nuestro país con presencia más destacada en periodos electorales y cuya finalidad es la de anidar durante cuatro años en las Cortes.

Si es usted un trabajador de a pie, ya sabe que se jubilará a los 67 años, pero los «politicos buitre» (subgénero «diputados y senadores») tienes condiciones especiales para abandonar «su mercado de trabajo». Un ejemplo: mientras la cuantía de la jubilación de cualquier trabajador se determina según su cotización a la Seguridad Social durante los quince últimos años de vida laboral (de los 50 a los 65), sin que se tenga en cuenta periodos anteriores, los «politicos buitres» tienen garantizada la pensión máxima (2.466,20 euros frente a la mínima de 557,50 euros de quien se jubila a los 65 y no tiene cónyuge a su cargo) y eso con solo once años de actividad parlamentaria. Es lo que se denomina ‘pensión parlamentaria’, que consiste en que si la jubilación que le correspondería al diputado o senador como consecuencia de su actividad profesional, previa o posterior a su carrera política, no le da para llegar a la «pensión máxima» la diferencia hasta llegar a ella «se la pagan las Cortes Generales con cargo a su presupuesto«. Eso sí, con algunas salvedades. Si el diputado o senador tienen una ‘antigüedad’ entre 7 y 9 años, las Cortes les abonan el 80% de la citada diferencia. Si su actividad parlamentaria se encuentra entre los 9 y 11 años, le abonan el 90%. Finalmente, quienes acumulan 11 años como representantes de la soberanía popular tienen asegurado el 100%.

Además de la pensión pública, las Cortes Generales costean también un plan privado a los «politicos buitres» mientras mantengan su escaño, por importe del 10% de sus emolumentos. Todos los diputados tienen una asignación de 3.126,52 euros brutos mensuales por 14 pagas. A esta cifra se añade una ‘indemnización’ por gastos indispensables para el cumplimiento de su función que se eleva a 870,56 euros para los diputados y senadores electos por Madrid ( que obviamente no tienen que desplazarse a la capital) y de 1.823,86 euros para los del resto de circunscripciones. Estos importes, que sus señorías pueden «gastar o no» , están exentos de tributación. A estos salarios mínimos se añaden otros complementos en función del cargo.

Los «politicos buitres» cuando cesan en su actividad, para compensar la prestación por desempleo tienen derecho a una ‘indemnización de transición’ que cubre el periodo que va entre la disolución de la Cámara para la convocatoria de elecciones y la constitución de la surgida de los comicios. Una indemnización que se hace efectiva mediante un «pago único» cuya cuantía la deciden las mesas del Congreso y del Senado. Si se da la circunstancia de que el diputado no ha sido reelegido y, en consecuencia, debe abandonar el escaño, tiene también derecho a una ‘indemnización por cese’, que consiste en un mes de salario por cada año de mandado o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 24 mensualidades. Los pagos son mensuales y es necesario tener una antigüedad mínima de dos años como representante popular.

Si, además, el «politico buitre» (diputado o senador) cesado carece de ingresos o de patrimonio tienen derecho a percibir una ayuda equivalente al 60 % de su asignación constitucional (los 3.126,52 euros mensuales antes citados) hasta que complete el periodo de cotización necesario «para tener derecho a la pensión de jubilación». En el caso de que el cese en sus funciones de sus señorías se produzca cuando tienen 55 años cumplidos, o los cumplen en el año en que se produce la disolución de la Cámara, y carecen de una actividad laboral permanente las Cortes corren con el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social hasta que completen el periodo de cotización necesario para tener derecho a la jubilación.

Para terminar, en el desgraciado supuesto de fallecimiento, los cónyuges viudos o los hijos menores de 25 años de sus señorías tienen derecho a una ayuda de dos meses de salario por año de mandato, que se hace efectivo en un pago único.

No es de extrañar que esta especie esté «en franco crecimiento«y por cierto, el humorista «El Roto» ha representado muy bien hoy en esta viñeta publicada en el diario «El Pais» cómo son los politicos que nos gobiernan

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